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14/05/2026
El Decreto 25/2026, de 30 de abril, por el que se establece un régimen excepcional para los aplazamientos y fraccionamientos de deudas tributarias para paliar los efectos de la crisis en Oriente Medio permite aplazar y fraccionar deudas tributarias del Principado de Asturias en condiciones más favorables a las ordinarias, debido al impacto económico de dicho conflicto.
Se pueden acoger autoliquidaciones, liquidaciones practicadas por la Administración del Principado de Asturias y recibos de tributos de cobro periódico gestionados por el Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias cuyo plazo de ingreso en período voluntario finalice entre 28 de febrero de 2026 y 30 de junio de 2026 (ambos incluidos).
Se pueden aplazar deudas de cualquier importe y el fraccionamiento sólo se admite si al deuda es igual o superior a 300€. No se exigen garantías para deudas de hasta 50.000€.
El artículo 3 establece los plazos de los aplazamientos y fraccionamientos y los pagos se realizan mediante domiciliación bancaria obligatoria, una vez concedido el aplazamiento o fraccionamiento.